El Delegado de Deportes, José Núñez (consejero de SAVIA) en la presentación del nuevo parqué del pabellón en diciembre de 2012. |
En fallo del 10 de noviembre pasado pero dado a conocer hoy
por el PSOE, el Juzgado Nº 3 de Aranjuez declaró resuelto el contrato entre la
Unión Temporal de Empresas (UTE) que edificó Las Olivas y la promotora de la
obra, la Sociedad Local de Suelo y Vivienda (SAVIA), empresa municipal en vías
de extinción, condenando a ésta al abono de 394.169,82 euros.
El proceso se inició cuando las compañías Obrum Urbanismo
y Construcciones, Calidad Deportiva e Infraestructuras Terrestres –formando una
UTE- solicitaron judicialmente el término del contrato con SAVIA y la
reclamación de 395.181,82 € más intereses de demora y costas.
El contrato para la ejecución de la obra se firmó el 18 de
enero de 2007 y entre sus cláusulas se estableció que a modo de garantía de la
calidad de los trabajos SAVIA retuviera un 5% del importe a pagar en cada
relación valorada mensualmente.
La cantidad total retenida fue de 821.748,45 euros, de los
que se reintegraron 427.578,45 €, siendo el resto lo que la UTE ha reclamado.
El contrato también establece que la devolución de esta
fianza se debería haber hecho transcurrido el período de garantía de un año
desde la recepción de la obra siempre que los desperfectos estuvieran
solucionados.
Instalación del nuevo pavimento en octubre de 2012. |
Aun así, la UTE explicó que el arreglo del parqué no estaba
vinculado a la devolución de las retenciones, puesto que el 21 de febrero de
2011 SAVIA ya tendría que haberle abonado si no los 400.000 euros al menos la
diferencia con el gasto estimado del suelo, 258.687,47 € netos, extremo que no
se produjo.
SAVIA argumentó que no devolvía el aval debido al lamentable
estado del suelo del pabellón, que hubo de cambiarse totalmente después de suinstalación y que esta deficiencia se conoció dentro del tiempo de garantía.
Las partes han litigado sobre ese plazo, pero el Juzgado ha
dado la razón a la UTE. SAVIA expresó que el tiempo contaría desde la recepción
definitiva de la obra (21 de febrero de 2011), por lo que los defectos del
suelo estarían dentro del plazo que expiraría al año siguiente. La UTE por su
parte sostiene que el plazo corre desde la recepción total de la obra (10 de
noviembre de 2009), por lo que en noviembre de 2010 ya había finalizado.
El fallo judicial establece que no procede a descontar
ninguna cantidad de lo retenido porque la obra de reparación tiene que
considerarse una obra de ejecución -dado que afectó al 100% de la superficie de
madera del suelo- y no de acabado, que es lo que garantizan las retenciones.
Aquí, no obstante, bailan los números. Si bien el informe
del director de la obra, José Gómez, decía que la reparación se calculaba en 135.482,35
euros, la obra –finalmente encargada a otra empresa- llegó a los 230.348,58 €,
IVA incluido.
Por todo ello, el texto jurídico considera que SAVIA “está
efectuando una interpretación sesgada y sacada de contexto” sobre la vinculación de la reparación del
parqué y la retención del aval. Además, señala, “el problema planteado con el
pavimento no puede servir de excusa para disfrazar el incumplimiento. Debe
quedar muy claro que el problema nada tiene que ver con la obligación legal y
contractual de haber devuelto la totalidad de las retenciones”.
Además de las retenciones no devueltas, el Juzgado condena a
SAVIA al abono de 1.012 euros por los gastos sufridos por la UTE al anular el
pedido del pavimento del pabellón, con sus consiguientes intereses de demora y
legales más las costas judiciales correspondientes.
Y es que la UTE una vez asumido que tendría que reparar el
parqué, compró a la firma Haro Sports el material, procediendo a los trabajos
previos de levantamiento del suelo.
Entonces (10 de agosto de 2012) llegó desde SAVIA una orden
de paralización de la obra “por incumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias
en materia laboral”, por lo que la cancelación del pedido acarreó a la UTE la
penalización de esos 1.012 euros.
El Juzgado estima que SAVIA entra en contradicción si aprobó
que la UTE reparara el suelo luego alegue que no tenía autorización para ello.
Clase de yoga en el pabellón de Las Olivas. |
La demanda de SAVIA,
desestimada por mala fe y temeridad
Una vez demandada por la UTE, SAVIA interpuso en 2013 una
demanda reconvencional sobre la reclamación de los 400.000 euros alegando que
había pagado partidas que le correspondían a la constructora por un monto de
299.429,57 euros para reparar instalaciones de saneamiento, energía fotovoltáica,
el centro de transformación, seguridad, salud y control de calidad de las
obras.
El Juzgado manifiesta que “debe estimarse asimismo la mala
fe o temeridad de SAVIA para efectuar dicha reclamación”, ya que el abono de
esos gastos fueron aceptados y pagados en su día (tres años antes, en 2010) sin
que hubiera queja alguna.
“Procede desestimar la reclamación de la demanda
reconviniente en cuanto a la devolución de los gastos indebidamente asumidos
por ella, apreciándose su mala fe o temeridad en el ejercicio de dicha acción”,
especifica el fallo.
El texto también desestima la reclamación de SAVIA para que
la UTE le abone otros desperfectos en Las Olivas como los defectos en la red de
saneamiento, las humedades en los techos del aparcamiento, pabellón, piscina, oficinas,
almacenes o vestuarios, las inadecuadas barandillas del campo de fútbol o el
maderamen de entrada al complejo, entre otras muchas.
A su juicio, el fallo considera que SAVIA no detalla qué
defectos tienen ni que se hayan reclamado dentro del plazo de garantía, “lo que
determina su mala fe”. Además expresa que actuó “con temeridad en la exposición
de sus alegaciones” al no especificar los plazos de garantía, menores no ser defectos
estructurales.
La demanda reconvencional de SAVIA tiene un importe de
589.237,99 euros respecto a la UTE y de 188.385,60 respecto a los técnicos
llamados al proceso, por lo que sus costas procesales se calcularán sobre esta
base.
José Luis Moreno y David Estrada en la rueda de prensa de hoy. |
El PSOE acusa a la
alcaldesa de ocultar la sentencia
Los concejales socialistas José Luis Moreno y David Estrada,
consejeros de SAVIA, han manifestado que "es nuestra obligación dar a conocer
una sentencia que el PP ha intentado ocultar, sobre todo de cara a advertir lo
que nos podamos encontrar a partir del próximo domingo, cuando se produzca un
cambio de gobierno en Aranjuez".
Estrada ha asegurado que "todo esto evidencia que a la
alcaldesa Martínez no le gustan ni SAVIA ni la Ciudad Deportiva de Las Olivas,
porque es una gestión del PSOE, y con tal de torpedear lo que estaba bien hecho
creemos que no dudaron en ordenar la paralización de unas obras de reparación
ya iniciadas".
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2 comentarios :
Luismi Vizcaino dijo: Lo q no interesa.... El ayuntamiento lo esconde!!!! Asi tenemos las instalaciones deportivas y la piscina cubierta....
Luismi Vizcaino dijo: Pero poner cesped artificial en el deleite es lo mejor... Y lo mas importante
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