La Delegación de Deportes ha publicado los aspectos de la cobertura asistencial y el protocolo en caso de accidente para los integrantes del Deporte Básico (no federado) en las competiciones locales y regionales amparadas por la Comunidad de Madrid.
1.2.- ¿Cuáles son los ámbitos de esta competición?
- La Serie Básica: en
la que participan los deportistas que están en posesión de la
Licencia del Deporte Infantil, y juegan en las competiciones municipales de la
Comunidad de Madrid. A efectos de organización y participación, está dividida
en 4 Zonas, las cuales a su vez se componen de 4 Áreas, resultando un total de
16 Áreas de competición y juego.
- La Serie Única: en
la que las competiciones están abiertas a todos los deportistas, no haciéndose
distinciones entre los participantes federados y no federados para las
modalidades de Ajedrez, Béisbol-Sófbol, Gimnasia Artística, Gimnasia Rítmica,
Judo, Kárate, Rugby, Orientación, Tenis, Tenis de Mesa y Triatlón.
1.3.- ¿Qué fases tiene esta competición?
- Fases Locales y de Área: que se
desarrollan en el ámbito municipal o entre diversos municipios.
- Fases Zonales: que se celebran en cada
una de las 4 zonas, entre los clasificados de cada área aunque, según las
características de algunas modalidades deportivas, se puede participar
libremente.
- Fases Finales: en las que compiten los
primeros deportistas y equipos de cada zona al clasificarse en la competición zonal.
1.4.- ¿Qué categorías de deportistas participan en
esta competición?
- Pre-Benjamín: años de nacimiento 2007 y 2008.
- Benjamín: años de nacimiento 2005 y 2006. (2006
y 2007 para atletismo)
- Alevín:
años de nacimiento 2003 y 2004. (2004 y
2005 para atletismo)
- Infantil: años de nacimiento 2001 y 2002. (2002
y 2003 para atletismo)
- Cadete:
años de nacimiento 1999 y 2000. (2000 y
2001 para atletismo)
1.5.- ¿Qué deportistas pueden beneficiarse de este
seguro?
La
totalidad de deportistas que participen en las actividades o competiciones
deportivas integradas en el Deporte Infantil, Serie Básica/Única, para la temporada 2014-2015, que
hayan nacido entre los años 2000 a 2008.
Los deportes en lo que existirá actividad deportiva
asegurada, serán los siguientes: Ajedrez, Atletismo, Bádminton, Baloncesto,
Balonmano, Béisbol-Sófbol, Fútbol, Futbol
Sala, Gimnasia Artística y Rítmica, Hockey, Judo, Karate, Natación y Waterpolo,
Orientación, Rugby, Tenis, Tenis de Mesa, Triatlón y Voleibol.
2.- ASISTENCIA PRIMARIA
2.1.- ¿Cómo es la asistencia primaria en caso de lesión?
La
Comunidad de Madrid cubre a los participantes la atención médica de los
accidentes deportivos surgidos en el desarrollo del programa, a través de los
Centros Asistenciales del Sistema Público de Salud.
2.2.- ¿Dónde acudir en caso de lesión?
Al
Centro de Asistencia más cercano al lugar del accidente: ambulatorio, urgencias,
hospital; en función de la gravedad de la lesión.
2.3.- ¿Qué documentos se tienen que llevar?
La
licencia de deporte escolar y el D.N.I. si lo tuviera.
2.4.- ¿Cuándo finaliza la atención primaria?
Cuando
el facultativo que ha atendido al deportista le dé el alta médica.
3.- ASISTENCIA SECUNDARIA
3.1.- ¿Qué es la asistencia secundaria?
La
Comunidad de Madrid tiene contratada una póliza de seguro para la cobertura de
las indemnizaciones a los participantes, que recoge las prestaciones mínimas
legales del seguro obligatorio deportivo.
Los Servicios Deportivos Municipales, o en su caso los
Ayuntamientos, serán los responsables de la cobertura de los riesgos no
contemplados, así como de comprobar que los datos reflejados en la licencia son
fidedignos.
3.2.- ¿En qué casos se puede acudir a este seguro?
Siempre que en un accidente deportivo ocurrido dentro
de las competiciones de Deporte Infantil, hiciese falta una prestación que no
estuviese cubierta por el Sistema Público de Salud.
3.3.- ¿Cuáles son las prestaciones de esa póliza?
- Los gastos
originados por rehabilitación durante el período de dieciocho meses desde la
fecha del accidente.
- Indemnizaciones por
pérdidas anatómicas o funcionales motivadas por accidente deportivo, con un
mínimo, para los grandes inválidos (tetraplejia), de 12.020,24 €.
- Auxilio al
fallecimiento, cuando éste se produzca como consecuencia de accidente en la
práctica deportiva, por un importe no inferior a 6.010,12 €.(3.005,06 € para
menores de 14 años en concepto de gastos de sepelio)
- Gastos originados
por la adquisición de material ortopédico para la curación de un accidente
deportivo (no prevención), por un importe mínimo del 70% del precio de venta al
público del mencionado material ortopédico.
- Gastos originados en
odonto-estomatología, por lesiones en la boca motivadas por accidente
deportivo. Estos gastos serán cubiertos hasta 240 €.
- Asistencia médica en
los centros o facultativos concertados en todas las provincias del territorio
nacional.
- Libre elección de
centros y facultativos concertados en toda España.
3.4.- ¿Cómo se
tramitan los partes de lesión de este seguro?
El deportista deberá acudir a su centro deportivo
municipal donde le acreditarán la fecha de su inscripción en el programa y la
especialidad deportiva en la que participa. Posteriormente, y una vez
verificado su derecho a la prestación, los responsables deportivos de su
municipio le facilitarán las instrucciones y pasos necesarios para recibir la
asistencia que pudiera precisar.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE LESIÓN
La cobertura de gastos ocasionados por una lesión y cubiertos en la póliza será prestada por los centros concertados por la entidad aseguradora.
En el proceso de comunicación se deberán cumplir obligatoriamente, los siguientes pasos:
1. El Parte de Lesión (documento adjunto debajo) se tramitará mediante notificación a la entidad aseguradora, por parte de la entidad deportiva a la que pertenezca el deportista lesionado, una vez validada dicha notificación por parte del Servicio Deportivo Municipal correspondiente, el responsable del Centro Educativo o, en su caso, la Dirección General de Juventud y Deportes de la Comunidad de Madrid.
Dicho parte deberá, estar firmado y sellado por los sujetos correspondientes indicados, así como por el Asegurado afectado/lesionado o su padre/madre o Tutor/a en caso de ser menor de edad.
2. En caso de requerir los servicios incluidos en la póliza, debe comunicarse con la entidad aseguradora, llamando al Centro de Atención 24 horas de MARKEL, teléfono 902 01 01 66.
En la comunicación telefónica debe facilitarse:
- Datos personales del lesionado.
- Datos del Tomador y colectivo al que pertenece.
- Lugar, Fecha y forma de ocurrencia.
- Descripción de los daños físicos.
Una vez recogidos estos datos, el Centro de Atención telefónica facilitará el número de expediente, que deberá ser anotado en el encabezamiento del parte. El comunicante remitirá posteriormente el parte (y cualquier otra documentación que se solicite) en un plazo no superior a 48 horas por fax a la Entidad Aseguradora al número 902 875 230 o por e-mail a la siguiente dirección: gestion@canalsalud24.com.
3. El lesionado deberá acudir al Centroconcertado que se le indique previamente, (Imprescindible para recibir asistencia).
Cuando un Asegurado/lesionado se presente en uno de los Centros concertados para su atención (y facilitado por el Centro de Atención Telefónica) deberá presentar el parte de Lesiones y DNI.
AUTORIZACIONES
Cualquier tratamiento realizado sin la autorización previa de la compañía correrá por cuenta del asegurado.
Tras obtener la oportuna autorización se remitirá a MARKEL el justificante de asistencia o informe del tratamiento (siempre que el Equipo Médico lo solicite).
La asistencia será a cargo de los centros concertados presentes en el cuadro médico propuesto por MARKEL. No serán cubiertas las asistencias sanitarias secundarias realizadas en centros de la Seguridad Socia concertados.
En caso de permanencia voluntaria en un centro NO CONCERTADO, MARKEL NO ASUMIRA EL PAGO DE LAS FACTURAS DERIVADAS DE LOS SERVICIOS PRESTADOS.
El Centro de Atención de la Compañía Aseguradora llevará a cabo los oportunos seguimientos que cada caso requiera, para determinar las necesidades y gestiones a realizar.
COMUNICACIONES
Las comunicaciones entre el Colectivo/Colegio/Tomador/Asegurados y el Centro de Atención 24 horas de la compañía podrán quedar grabadas y registradas para el buen funcionamiento del servicio y cumpliendo siempre con la Ley de Protección de Datos.
PARTE DE LESIONES
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