Las normas de circulación de las bicicletas están establecidas por la Dirección General de Tráfico para incrementar la seguridad del ciclista en su convivencia con los vehículos a motor y con los peatones. Saltárselas conlleva multas de hasta 500 euros.
Como el español medio sólo se acuerda de Santa Bárbara cuando truena, hemos organizado las normas de circulación en bicicleta más básicas acorde a las sanciones que conlleva incumplirlas.
- De 150 a 500 euros
- Respeto a las señales. Saltarse una señal acarrea multas que van desde los 150 a lo 500 euros según la gravedad del caso.
- Alcohol o drogas: Si un agente requiere hacer el test es obligado hacerlo. La tasa máxima, 0,5 g/l en sangre ó 0,25 mg/l en aire espirado.
- 200 euros
- Respeto al ceda el paso. Mientras el ciclista no tenga la prioridad, ésta se debe ceder a los otros usuarios de la vía.
- Uso del arcén. Obligatorio circular por él si lo hay, con la única excepción de descensos prolongados en condiciones seguras.
- Incorporaciones peligrosas. Antes de iniciar la marcha, se tiene que comprobar que no hay riesgo y señalizar la maniobra.
- Señalización de maniobras. Giros, cambios de sentido, de carril... con el brazo derecho extendido a la altura del hombro o con el izquierdo doblado en ángulo.
- Respeto al paso de cebra. Se debe dar paso a los peatones en los pasos y en los giros hacia otra vía cuando el peatón la cruce, aunque no haya paso señalizado.
- Prohibido cruzar montado los pasos de cebra
- Luces obligatorias: trasera, una delantera de posición y un elemento reflectante en circulación nocturna, pasos inferiores y túneles.
- Uso de casco. Obligatorio en la ciudad para menores de 16 años y obligatorio en carretera para todas las edades con tres excepciones: razones médicas, calor extremo o subidas prolongadas.
- Prohibido el uso de teléfono móvil y de auriculares.
- 100 euros
- Prohibido circular en paralelo. En carretera, por parejas siempre pegados al margen derecho. En tramos con curvas, poca visibilidad o aglomeraciones, se debe ir en hilera.
- Prohibido circular por la acera. No se puede rodar por una zona peatonal (y la acera lo es) a menos que esté señalizada como de uso compartido con los peatones.
- Máximo, en parejas. En la ciudad se circulará por la derecha lo más pegado al límite de la calle o de los coches aparcados y si se va en grupo, en columna de a dos como máximo.
- Prohibido transportar pasajeros. El conductor, si es mayor de edad, sólo puede llevar a un niño de 7 años como máximo en un asiento adicional homologado.
- 80 euros
- Uso de reflectantes en carretera: de noche, en pasos inferiores y túneles.
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