La nueva normativa unifica toda la legislación sobre la materia, la adapta a la legislación estatal y la actualiza con los cambios en los trámites ante la Administración, las mejoras en el tratamiento de aguas o las nuevas modalidades de ocio vinculadas a este tipo de actividades.
Entre las novedades se encuentra, para las piscinas de nueva construcción o las obras de reforma, la sustitución de la autorización sanitaria de funcionamiento por una declaración responsable.
El Decreto establece que el agua podrá ser conservada durante el periodo de cierre de estas instalaciones, siempre que se la someta a un proceso que garantice los criterios de calidad legales en el momento de la apertura.
Además, se regula específicamente, en función de cada caso, la obligatoriedad de la presencia de socorristas, personal sanitario, material de rescate, servicio de ambulancias o monitores.
El Decreto entrará en vigor en cuanto se publique en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
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